lunes, abril 11, 2011

Una aclaración al Utero de Marita... que mereció aclaración.

En la página del Utero de Marita, bastante popular en la blogosfera y facebook, se dijo que no es posible anular una elección. Encontré la parte legal y decidí analizarla en detalle. He aqui mi respuesta:

"Estimado Ocram:
A ver, me parece que estás desinformando y eso es FEO:

Artículo 79o.- El proceso electoral se inicia con la convocatoria a Elecciones por el Presidente de la República y termina 15 (quince) días después de la promulgación de los resultados.

Artículo 83o.- Todo Decreto de Convocatoria a Elecciones debe especificar:
a) Objeto de las Elecciones.
b) Fecha de las Elecciones y, de requerirse, fecha de la segunda elección o de las elecciones complementarias.
c) Cargos por cubrir o temas por consultar.
d) Circunscripciones electorales en que se realizan.
e) Autorización del Presupuesto.

Esto quiere decir que el proceso electoral es uno solo. El inciso b) del art. 83 nos dice que, de haber segunda vuelta es simplemente una segunda fecha de la misma elección.

Votos válidos
Artículo 287o.- El número de votos válidos se obtiene luego de deducir, del total de votos emitidos, los votos en blanco y nulos.

Eso quiere decir que los votos válidos en segunda vuelta son los que se emitieron por Keiko o Humala.

Artículo 365o.- El Jurado Nacional de Elecciones declara la nulidad total de las elecciones en los siguientes casos:
1. Cuando los votos nulos o en blanco, sumados o separadamente, superan los dos tercios del número de votos válidos;

Entonces, buscamos 2/3 del total de los votos VALIDOS. O sea, de ese total sumado de votos para Humala o Keiko. La proporción que cumple esto es 40% nulos y 60% en total para ambos candidatos. Obvio, porque 40 es 2/3 de 60.

ENTONCES, EN RESUMEN: Si se anulan las elecciones con el 40% +1 voto del total emitido, anulamos primera y segunda vuelta.

Si no te gusta bien por ti Ocram, pero no faltes a la verdad ni confundas a los demás."

Actualización del 14/04/2011:

LAMENTABLEMENTE, la constitución nos juega una mala pasada. Lo que me obliga a escribir en la misma página la siguiente aclaración:

"Estimado Marco.

Considero necesario de mi parte escribirte para rectificarme y apelar a tu comprensión. Todo lo que escribí en mis mensajes previos es legítimo y es copia textual de la ley tal y como existe en este momento.

Sin embargo, y como ya tú sabes, la constitución peruana frasea las cosas de manera distinta y tiene prioridad. Esto significa, como tú dices, que se necesitaría 66% de votos nulos.

Espero coincidas conmigo en que esto es un desafortunado juego de palabras, intencional o no, que no hace más que burlarse del derecho de todo ciudadano de decir NO a lo que considera perjudicial para su progreso y el de sus semejantes. El 66% es un absurdo matemático, ya que habría que conseguirlo desde la primera vuelta.

En mi opinión, el TC debería haber visto y clarificado esta situación desde 1995, cuando se emitió la ley orgánica. Pero todos sabemos que en aquella época el proceso electoral estaba llenos de vicios. Ahora por supuesto, no es correcto establecer una nueva posición, por respeto al mismo proceso electoral que quisieramos anular.

Te agradezco haberme permitido opinar y ofrezco las disculpas del caso si mis palabras pudieron sonar altisonantes. Cuentas conmigo para informar correctamente a quienes me pregunten en adelante.

Alfredo Urquiza."

Bueno, uno tiene derecho a soñar, equivocarse y disculparse ¿no?

AlfurX
Still...The Warped Side of the Octagon

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